¿Tengo derecho a cobrar la prestación por desempleo?
Los requisitos son:
- Estar afiliado y de alta en la Seguridad Social.
Estar inscrito en el Inem como demandante de empleo y estar disponible para buscar empleo y para aceptar las posibles ofertas.
- Haber cotizado durante un período mínimo de 360 días en los seis años anteriores.
- No haber cumplido la edad de jubilación.
- Presentar la solicitud de prestación en los 15 días siguientes a producrise la situación legal de desempleo
¿Durante cuánto tiempo cobro el paro?
Va en función de los días cotizados
-De 360 hasta 539 días: 120 días de paro -De 540 hasta 719 días: 180 días -De 720 hasta 899 días: 240 días -De 900 hasta 1.079 días: 300 días -De 1.080 hasta 1.259 días: 360 días -De 1.260 hasta 1.439 días: 420 días -De 1.440 hasta 1.619 días: 480 días -De 1.620 hasta 1.799 días: 540 días -De 1.800 hasta 1.979 días: 600 días -De 1.980 hasta 2.159 días: 660 días -De 2.160 días: 720 días
Más prestaciones
Si tienes pensado crear tu propio negocio puede pedir al Inem que te pague parte de su prestación de forma acumulada. De hecho, te pueden dar el 60% de la prestación de un solo pago, siempre que acredites que necesita esa inversión para la nueva actividad que va a empezar (darse de alta como autónomo en el IAE).
¿Si se me acaba el desempleo?
Si se acaba el período de cobro del desempleo y no has conseguido un trabajo existen subsidios por desempleo, bajo
unos requisitos muy concretos: seguir inscrito como demandante de empleo durante un mes desde el fin de la prestación sin haber rechazado ninguna oferta de empleo ni haberse negado a realizar acciones de formación; no tener una renta superior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
¿Cuánto cobraré?
Se calcula según las bases de cotización a la Seguridad Social durante los últimos 180 días. La cantidad que lo determinará es la que aparece en la nómina como "base de cotización de contingencias profesionales o desempleo“. La prestación total será el 70% de ese importe durante los 180 primeros días de paro, cifra que durante el resto se reducirá al 60%. La suma a recibir no puede superar el tope máximo legal (1384 €) ni estar por debajo del mínimo (492€).
El Ministerio de Trabajo cuenta con un sistema de autocálculo de la prestación por desempleo en internet, en la dirección:
http://www.inem.es/DGSimuladorWeb/jsp/SimEntradaSimulador.jsp
lunes, 30 de marzo de 2009
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