Bueno, bueno, cada vez son más los que confirman lo que dijimos en cuanto a la entrevista de actividad y el e-people-first: NO VALE PARA NADA. O peor, vale para que tu jefe-coordinador-gerente-elquesea te ponga a parir en un documento oficial de la compañía.
Y esto no es cosa de la CGT, como sin duda dirán desde el tripartito RRHH-CCOO-UGT, son los trabajadores los que llenan los buzones de nuestro correo diciendo que se sienten engañados, timados, burlados y ofendidos.
Y es que hay individuos con cargo (más bien, con “carguito”) que están inmensos a la hora de evaluar a los trabajadores: “sin soluciones novedosas”,” necesita mejorar”,” no cubre las expectativas, podría aportar mucho más”,” se limita a…” Y al final se monta una buena porque el encargado del cliente, que es en realidad el único capacitado para medir esto, se enfada porque eso no lo ha dicho el. ¡Qué imagen!
Vamos a ver, si de lo que se trata es de dar una excusa para justificar la subida cero para todos los trabajadores (en realidad, para “casi” todos...) no hace falta insultar el buen nombre y la profesionalidad de los trabajadores. Se habla claramente con el trabajador: “Mira, estamos en números rojos porque tenemos una serie de incompetentes que no consiguen ganar ofertas” y ya está, seguro que el trabajador valorará mejor ese mensaje.
Y a todo esto, ¿para que contrataron a nuestro Romeo? ¿Y para que se trajo a sus “amiguitos” de Deloitte? Salvo para hundir esta empresa no encontramos otra respuesta. Si ya se sabe: se pilla antes a un mentiroso que a un cojo…
lunes, 30 de marzo de 2009
Dudas sobre la prestación
¿Tengo derecho a cobrar la prestación por desempleo?
Los requisitos son:
- Estar afiliado y de alta en la Seguridad Social.
Estar inscrito en el Inem como demandante de empleo y estar disponible para buscar empleo y para aceptar las posibles ofertas.
- Haber cotizado durante un período mínimo de 360 días en los seis años anteriores.
- No haber cumplido la edad de jubilación.
- Presentar la solicitud de prestación en los 15 días siguientes a producrise la situación legal de desempleo
¿Durante cuánto tiempo cobro el paro?
Va en función de los días cotizados
-De 360 hasta 539 días: 120 días de paro -De 540 hasta 719 días: 180 días -De 720 hasta 899 días: 240 días -De 900 hasta 1.079 días: 300 días -De 1.080 hasta 1.259 días: 360 días -De 1.260 hasta 1.439 días: 420 días -De 1.440 hasta 1.619 días: 480 días -De 1.620 hasta 1.799 días: 540 días -De 1.800 hasta 1.979 días: 600 días -De 1.980 hasta 2.159 días: 660 días -De 2.160 días: 720 días
Más prestaciones
Si tienes pensado crear tu propio negocio puede pedir al Inem que te pague parte de su prestación de forma acumulada. De hecho, te pueden dar el 60% de la prestación de un solo pago, siempre que acredites que necesita esa inversión para la nueva actividad que va a empezar (darse de alta como autónomo en el IAE).
¿Si se me acaba el desempleo?
Si se acaba el período de cobro del desempleo y no has conseguido un trabajo existen subsidios por desempleo, bajo
unos requisitos muy concretos: seguir inscrito como demandante de empleo durante un mes desde el fin de la prestación sin haber rechazado ninguna oferta de empleo ni haberse negado a realizar acciones de formación; no tener una renta superior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
¿Cuánto cobraré?
Se calcula según las bases de cotización a la Seguridad Social durante los últimos 180 días. La cantidad que lo determinará es la que aparece en la nómina como "base de cotización de contingencias profesionales o desempleo“. La prestación total será el 70% de ese importe durante los 180 primeros días de paro, cifra que durante el resto se reducirá al 60%. La suma a recibir no puede superar el tope máximo legal (1384 €) ni estar por debajo del mínimo (492€).
El Ministerio de Trabajo cuenta con un sistema de autocálculo de la prestación por desempleo en internet, en la dirección:
http://www.inem.es/DGSimuladorWeb/jsp/SimEntradaSimulador.jsp
Los requisitos son:
- Estar afiliado y de alta en la Seguridad Social.
Estar inscrito en el Inem como demandante de empleo y estar disponible para buscar empleo y para aceptar las posibles ofertas.
- Haber cotizado durante un período mínimo de 360 días en los seis años anteriores.
- No haber cumplido la edad de jubilación.
- Presentar la solicitud de prestación en los 15 días siguientes a producrise la situación legal de desempleo
¿Durante cuánto tiempo cobro el paro?
Va en función de los días cotizados
-De 360 hasta 539 días: 120 días de paro -De 540 hasta 719 días: 180 días -De 720 hasta 899 días: 240 días -De 900 hasta 1.079 días: 300 días -De 1.080 hasta 1.259 días: 360 días -De 1.260 hasta 1.439 días: 420 días -De 1.440 hasta 1.619 días: 480 días -De 1.620 hasta 1.799 días: 540 días -De 1.800 hasta 1.979 días: 600 días -De 1.980 hasta 2.159 días: 660 días -De 2.160 días: 720 días
Más prestaciones
Si tienes pensado crear tu propio negocio puede pedir al Inem que te pague parte de su prestación de forma acumulada. De hecho, te pueden dar el 60% de la prestación de un solo pago, siempre que acredites que necesita esa inversión para la nueva actividad que va a empezar (darse de alta como autónomo en el IAE).
¿Si se me acaba el desempleo?
Si se acaba el período de cobro del desempleo y no has conseguido un trabajo existen subsidios por desempleo, bajo
unos requisitos muy concretos: seguir inscrito como demandante de empleo durante un mes desde el fin de la prestación sin haber rechazado ninguna oferta de empleo ni haberse negado a realizar acciones de formación; no tener una renta superior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
¿Cuánto cobraré?
Se calcula según las bases de cotización a la Seguridad Social durante los últimos 180 días. La cantidad que lo determinará es la que aparece en la nómina como "base de cotización de contingencias profesionales o desempleo“. La prestación total será el 70% de ese importe durante los 180 primeros días de paro, cifra que durante el resto se reducirá al 60%. La suma a recibir no puede superar el tope máximo legal (1384 €) ni estar por debajo del mínimo (492€).
El Ministerio de Trabajo cuenta con un sistema de autocálculo de la prestación por desempleo en internet, en la dirección:
http://www.inem.es/DGSimuladorWeb/jsp/SimEntradaSimulador.jsp
Tipo de extinciones de Contrato Laboral
DESPIDO DISCIPLINARIO: Modalidad elegida por Thales para el despido, es un método ruin, como ellos. Te dan un documento donde te ponen a parir para luego reconocer la improcedencia del despido. Se trata de un incumplimiento grave del trabajador. Este despido será calificado por la autoridad legal como:
Despido nulo: tiene el efecto de la readmisión inmediata con pago de los salarios no recibidos.
Despido procedente: no da derecho a indemnización ni a los anteriores salarios de tramitación.
Despido improcedente: da derecho a la readmisión con abono de los salarios de tramitación o a la indemnización de los 45 días por año y salarios de tramitación no percibidos hasta la sentencia o hasta que encontrase otro.
Ojo, recuerda firmar el recibí de la notificación y añadir bien grande un ‘NO CONFORME’. Normalmente el paso siguiente es que la empresa reconoce la improcedencia y te da finiquito e indemnización. Tienes derecho a exigir que te entreguen una carta reconociendo tu buen hacer profesional.
Dimisión del trabajador o Mutuo acuerdo de las partes: por voluntad propia debe haber preaviso de 15 días si no se quiere perder la parte proporcional de la paga extra que se tuviese devengada. Pierdes derecho al paro.
Expiración del tiempo convenido o fin de obra: genera una indemnización de 8 días por año excepto interinos y contratos formativos.
Suspensión o extinción por fuerza mayor (contrastada): Una de las modalidades de los ERE.
Despido colectivo (causas económicas, organizativas, técnicas o de producción): Si afecta a 30 o más trabajadores en un periodo de 90 días (empresas de 300 empleados o más), este cómputo incluye cualquier despido por iniciativa del empresario. Se debe solicitar autorización. Se debe enviar carta escrita al comité y una copia a la autoridad laboral. Una segunda modalidad de un ERE.
Por voluntad del trabajador: debido a incumplimiento contractual del empresario, por causas justas como cambio de residencia o modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo (indemnización como en despido Improcedente derivado de causas objetivas) Debe ser debido a resolución de la jurisdicción social.
Extinción por causas objetivas: legalmente procedentes (ineptitud, falta de adaptación, absentismo, necesidad de amortizar puestos de trabajo, insuficiencia de consignación presupuestaria), (indemnización de 20 días/año) plazo de preaviso de 30 días. Se puede recurrir como si fuera despido disciplinario. Se tiene derecho a 6 horas semanales durante ese mes para buscar empleo. Puede ser calificado por la autoridad de la siguiente forma:
Procedente: lo mismo que en despido disciplinario y además: queda en situación de desempleo (tiene paro)
Improcedente: lo mismo que en despido disciplinario y puede haber readmisión, devolviendo la indemnización.
Puedes ir asistido por un compañero del comité de empresa si lo deseas
Despido nulo: tiene el efecto de la readmisión inmediata con pago de los salarios no recibidos.
Despido procedente: no da derecho a indemnización ni a los anteriores salarios de tramitación.
Despido improcedente: da derecho a la readmisión con abono de los salarios de tramitación o a la indemnización de los 45 días por año y salarios de tramitación no percibidos hasta la sentencia o hasta que encontrase otro.
Ojo, recuerda firmar el recibí de la notificación y añadir bien grande un ‘NO CONFORME’. Normalmente el paso siguiente es que la empresa reconoce la improcedencia y te da finiquito e indemnización. Tienes derecho a exigir que te entreguen una carta reconociendo tu buen hacer profesional.
Dimisión del trabajador o Mutuo acuerdo de las partes: por voluntad propia debe haber preaviso de 15 días si no se quiere perder la parte proporcional de la paga extra que se tuviese devengada. Pierdes derecho al paro.
Expiración del tiempo convenido o fin de obra: genera una indemnización de 8 días por año excepto interinos y contratos formativos.
Suspensión o extinción por fuerza mayor (contrastada): Una de las modalidades de los ERE.
Despido colectivo (causas económicas, organizativas, técnicas o de producción): Si afecta a 30 o más trabajadores en un periodo de 90 días (empresas de 300 empleados o más), este cómputo incluye cualquier despido por iniciativa del empresario. Se debe solicitar autorización. Se debe enviar carta escrita al comité y una copia a la autoridad laboral. Una segunda modalidad de un ERE.
Por voluntad del trabajador: debido a incumplimiento contractual del empresario, por causas justas como cambio de residencia o modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo (indemnización como en despido Improcedente derivado de causas objetivas) Debe ser debido a resolución de la jurisdicción social.
Extinción por causas objetivas: legalmente procedentes (ineptitud, falta de adaptación, absentismo, necesidad de amortizar puestos de trabajo, insuficiencia de consignación presupuestaria), (indemnización de 20 días/año) plazo de preaviso de 30 días. Se puede recurrir como si fuera despido disciplinario. Se tiene derecho a 6 horas semanales durante ese mes para buscar empleo. Puede ser calificado por la autoridad de la siguiente forma:
Procedente: lo mismo que en despido disciplinario y además: queda en situación de desempleo (tiene paro)
Improcedente: lo mismo que en despido disciplinario y puede haber readmisión, devolviendo la indemnización.
Puedes ir asistido por un compañero del comité de empresa si lo deseas
¿Te han despedido y buscas trabajo?
Pues te hemos encontrado trabajo fijo. Si entras en las webs de búsqueda de empleo Tecnoempleo o Infojobs podrás ver los puestos de trabajo que oferta Thales España Grp SAU para sus oficinas de Madrid, Barcelona, Oviedo, Bilbao y Valladolid. ¿Qué cumples el perfil que se solicita? ¡Pues aprovecha y pide que te doblen el sueldo que no te querían pagar! Os dejamos sendos enlaces para que busquéis vuestro perfil en la empresa.
http://www.tecnoempleo.com/ofertas-empleo/thales-espana-grp-sau/152923
lunes, 23 de marzo de 2009
Nos reunimos con la Dirección
Los presupuestos que nos impone Francia para 2009 son inalcanzables, si bien la empresa apuesta por un esfuerzo para mejorar los resultados de 2008 e ir en crecimiento. Como objetivo principal se plantean crecer en administración pública y seguridad (sectores que garantizan el empleo y el mantenimiento de las tarifas). En cuanto a telefónica y banca, las cosas nunca fueron bien y ahora se le añade el hecho de que éstas aprietan a las subcontratas con reducción de tarifas.
En cuanto a las subidas, lo que ya sabíamos todos: CERO para la gran mayoría. El presupuesto es del 1,2 % de la masa salarial bruta. “Entonces me subirán el 1.2 %”. Pues va a ser que no. Ese es el dinero que Thales dispone para repartir entre los que la empresa quiere. Eso sí, la empresa se ha comprometido a congelar los salarios de Jefe de Proyecto para arriba (debió tocar conciencias el último artículo que publicamos sobre subida salarial). Nosotros apostamos por una subida salarial mínima del IPC para todos igual. Eso sí, lo que pasa es que los liberados sindicales salen un ojo de la cara (y no sólo por el gasto económico), así que lo llevamos claro....
En palabras de nuestro Director de Madrid “Somos los patitos feos del grupo” y es que los números que arrojamos dan pena. Por ello le preguntamos directamente:
“Toda esta situación compleja por la que atravesamos, la salida de Integration Center y la venida de Mr Johnson para sanear y reducir costes… ¿se puede traducir en reducción de empleo o que nos vendan a otra empresa?. La respuesta fue tajante:
“No, no hay intención de eliminar empleos ni vendernos a otra compañía, el proyecto es crecer.”
Pues que así sea por el bien de todos. En cuanto a la situación de los disponibles la empresa habla de apostar por “la filosofía de la recolocación”, mediante el reciclaje y la formación… ya veremos, de momento habrá que buscar la papelera de reciclaje, porque de formación mejor ni hablamos.
Lo que sí quedó evidenciado en la reunión es que estas dependencias de lujo donde estamos (que defendieron Romeo y sus colegas de €€OOMI$IONE$), cuestan una pasta y están repercutiendo de forma negativa en los beneficios empresariales (si los hubiera). Pero como están acostumbrados a vivir bien sin dar palo al agua, pues la pagamos todos.
¡ELECCIONES SINDICALES YA!
En cuanto a las subidas, lo que ya sabíamos todos: CERO para la gran mayoría. El presupuesto es del 1,2 % de la masa salarial bruta. “Entonces me subirán el 1.2 %”. Pues va a ser que no. Ese es el dinero que Thales dispone para repartir entre los que la empresa quiere. Eso sí, la empresa se ha comprometido a congelar los salarios de Jefe de Proyecto para arriba (debió tocar conciencias el último artículo que publicamos sobre subida salarial). Nosotros apostamos por una subida salarial mínima del IPC para todos igual. Eso sí, lo que pasa es que los liberados sindicales salen un ojo de la cara (y no sólo por el gasto económico), así que lo llevamos claro....
En palabras de nuestro Director de Madrid “Somos los patitos feos del grupo” y es que los números que arrojamos dan pena. Por ello le preguntamos directamente:
“Toda esta situación compleja por la que atravesamos, la salida de Integration Center y la venida de Mr Johnson para sanear y reducir costes… ¿se puede traducir en reducción de empleo o que nos vendan a otra empresa?. La respuesta fue tajante:
“No, no hay intención de eliminar empleos ni vendernos a otra compañía, el proyecto es crecer.”
Pues que así sea por el bien de todos. En cuanto a la situación de los disponibles la empresa habla de apostar por “la filosofía de la recolocación”, mediante el reciclaje y la formación… ya veremos, de momento habrá que buscar la papelera de reciclaje, porque de formación mejor ni hablamos.
Lo que sí quedó evidenciado en la reunión es que estas dependencias de lujo donde estamos (que defendieron Romeo y sus colegas de €€OOMI$IONE$), cuestan una pasta y están repercutiendo de forma negativa en los beneficios empresariales (si los hubiera). Pero como están acostumbrados a vivir bien sin dar palo al agua, pues la pagamos todos.
¡ELECCIONES SINDICALES YA!
Libros de Ignacio Piñiel (defiéndete del Mobbing)
Iñaki Piñuel es Licenciado en Psicología, Psicólogo del Trabajo y de la organizaciones y Executive MBA por el Instituto de Empresa de Madrid. Es uno de los mayores especialistas reconocidos y pionero en la investigación y divulgación del Mobbing o acoso psicológico en el trabajo en el ámbito español y europeo.
Mobbing, estado de la cuestión

Todo lo que siempre quiso saber y nadie le explicó sobre el acoso psicológico en el trabajo. Según datos del último barómetro Cisneros, más de dos millones de trabajadores son víctima de un maltrato continuado y sistemático en su trabajo, conocido como mobbing. Uno de cada cuatro trabajadores sufrirá el mobbing en algún momento de su vida laboral.
Mi jefe es un psicópata
Camuflados bajo sonrisas encantadoras, halos de eficiencia y capacidades de gestión positivas, nuestras empresas albergan una nueva raza de directivos hasta ahora desconocida. Son el más claro exponente del mito del Dr. Jeckill y Mr. Hide: personalidades poliédricas , "alpinistas" organizacionales, maquiavelos a sueldo o narcisistas envidiosos que no dudan en utilizar los medios necesarios para justificar el fin.
Mobbing, estado de la cuestión

Todo lo que siempre quiso saber y nadie le explicó sobre el acoso psicológico en el trabajo. Según datos del último barómetro Cisneros, más de dos millones de trabajadores son víctima de un maltrato continuado y sistemático en su trabajo, conocido como mobbing. Uno de cada cuatro trabajadores sufrirá el mobbing en algún momento de su vida laboral.
Mi jefe es un psicópata

Camuflados bajo sonrisas encantadoras, halos de eficiencia y capacidades de gestión positivas, nuestras empresas albergan una nueva raza de directivos hasta ahora desconocida. Son el más claro exponente del mito del Dr. Jeckill y Mr. Hide: personalidades poliédricas , "alpinistas" organizacionales, maquiavelos a sueldo o narcisistas envidiosos que no dudan en utilizar los medios necesarios para justificar el fin.
La Coordinadora de informática
Las Secciones Sindicales de la Confederación General del Trabajo de varias de las empresas de nuestro sector, entre las que se encuentran TECNOCOM, CORITEL, NACAR-CGI, THALES, INDRA, ATOS ORIGIN, hemos decidido constituir una Coordinadora Estatal de Informática y Consultoría. Con ello pretendemos defender mejor, a todos los trabajadores de este sector cada vez más precario y explotado. Gracias, especialmente, al nefasto proceder de los sindicatos mayoritarios, incapaces de negociar un Convenio Sectorial digno.
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